El pleito estratégico contra la participación pública

Iniciado por 29002940-4-Rocío-175, Ene 16, 2025, 05:10 PM

Tema anterior - Siguiente tema

29002940-4-Rocío-175

Queridos delegados:

He abierto este tema porque considero que las leyes mordaza o "slapp" son una de las principales medidas tomadas en contra de periodistas y por tanto, requieren de nuestra atención.

Las "slapp" consisten en llevar a juicio a aquellos que denuncien comportamientos inapropiados del gobierno o corporaciones , con el objetivo de intimidar y silenciar en base a la presión jurídica o al alto coste de su defensa. Así, se les obliga a desistir y acabar por autocensurarse.
Por ello, funcionan como una clara barrera para los periodistas, quienes se ven infundidos de miedo a la hora de publicar sus artículos o intimidados para realizar cambios a sus notas o directamente para no publicarlas.

Los informes de la coalición contra las SLAPP en Europa establecen un aumento de denuncias de este tipo en los últimos años, es así que nuestra atención a la mismas debe de aumentar junto al crecimiento de la problemática. Solventar la problemática resulta imprescindible.

Espero leer sus opiniones al respecto,

Rocío Rodrigo, delegada de la comisión 4

Fuente: https://es.greenpeace.org/es/noticias/las-slapp-o-como-silenciar-a-la-poblacion/

17001863-1-4-Sofia-198

Estimados delegados y miembros del programa,

He estado investigando sobre el tema y he encontrado la siguiente información sobre las medidas que se han tomado al respecto.

En marzo de 2024 el Consejo de la Unión Europea adoptó un acto legislativo para proteger a las personas que se pronuncian sobre asuntos de interés público, habitualmente periodistas y defensores de los derechos humanos, de las demandas abusivas destinadas a silenciarlas.

En este se estipula que las personas que son el objetivo de demandas estratégicas podrán pedir al órgano jurisdiccional que desestime una demanda manifiestamente infundada en la fase más temprana posible. Si se estima que las acciones judiciales son abusivas, los órganos jurisdiccionales podrán decidir, por ejemplo, que el demandante cargue con las costas procesales, incluidos los costes de representación legal en que haya incurrido la víctima de las demandas estratégicas. Para garantizar que se indemnice al demandado, el órgano jurisdiccional también podrá ordenar al demandante que constituya una caución financiera para cubrir los costes procedimentales y, si así lo prevé el Derecho nacional, los daños y perjuicios sufridos por el demandado.

Además, si una persona que vive en la UE es objeto de una demanda estratégica en un tercer país, los Estados miembros de la UE deben denegar el reconocimiento y la ejecución de la sentencia dictada en dicho tercer país con motivo de la demanda si esta se considera manifiestamente infundada o abusiva en el Estado miembro en cuestión.

La pregunta que me planteo es, ¿estas medidas serán suficientes? Y si no lo son, ¿qué más podemos hacer al respecto?

Espero sus respuestas,
Sofia Borràs. Comisión 4 (Garantizar unos medios de comunicación libres y plurales en la UE).